Consejo Directivo

Consejo Directivo

Según el Artículo 143 de la Ley 115 de 1994, el Consejo Directivo, liderado por el rector quien lo preside y convoca ordinariamente una vez por mes y extraordinariamente cuando lo amerite; Integrado por:

  • Dos docentes, uno de primaria y otro de bachillerato elegido por la mayoría de los votantes en una asamblea de docentes.
  • Dos representantes de los padres de familia elegido por la mayoría en asamblea general. Deben ser padres de alumnos de la I.E.
  • Un estudiante de grado 11° elegido por el Consejo Estudiantil, con un mínimo de dos años der permanecer en la institución un ex alumno elegido por el Consejo D
  • Un representante de los sectores productivos del ámbito local, escogido por el Consejo Directivo.

Los miembros serán elegidos para un periodo de un año escolar, con la opción de volver a repetir, solo por segunda vez.

En relación con el Fondo de Servicios Educativos el Consejo Directivo cumplirá las siguientes funciones.

Miembros del Consejo Directivo

Flaminio E. Díaz Petro

Presidente

Sandra Saltarín Gómez

Representante de los Docentes

Miriam Cruz Barrios

Representante de los Docentes 

Kelly Castillo Puente

Representante de los Sectores Productivos

Néstor Capela Leguía

Representante de los Padres de Famiia 

Greyfis Ruiz Díaz

Representante de los Estudiantes 

Edwin José Conde Benítez

Representante de los Egresados 

Funciones del Consejo Directivo:

  • Analizar, introducir ajustes pertinentes y aprobar mediante acuerdo el presupuesto de ingresos y gotas a partir del proyecto presentado por la rectora.
  • Definir la administración y manejo del Fondo en concordancia con el art 7° del presente Decreto 0992 y hacer seguimiento y control permanente al flujo de caja ejecutado.
  • Aprobar las adiciones al presupuesto vigente, así como también los traslados presupuestales que afecten el acuerdo anual del presupuesto.
  • Aprobar los estados financieros del Fondo de servicios Educativos de la respectiva institución. Elaborados de acuerdo con las normas contables vigentes.
  • Reglamentar los procedimientos presupuestales, las compras, la contratación de servicios personales, el control interno, el manejo de inventarios y el calendario presupuestal, con sujeción a las normas vigentes.
  • Determinar los actos y contratos que requieran su autorización expresa, cuando no sobrepasen los veinte (20) salarios mínimos mensuales vigentes y reglamentar sus procedimientos, formalidades  y garantías, cuando lo considere conveniente. Para los de cuantías superiores se aplican las reglas del estatuto de contratación vigente.
  • Establecer mecanismos de control para el funcionamiento del Fondo de Servicios Educativos.
  • Determinar la forma de realización de los pagos y de los recaudos del Fondo de Servicios Educativos de la institución. Art 10, Decreto 992 de 2002.
  • Procurar que sus acciones y propuestas están encaminadas hacia el horizonte
  • Servir de apoyo a la institución como órgano máximo, para el alcance de los objetivos institucionales.
  • Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes y administrativos, con los estudiantes de la institución educativa y después de haber agotado los procedimientos previstos en el Manual de Convivencia.
  • Adoptar el Manual de Convivencia de la institución.
  • Desempeñar algunas funciones del o la Rector (a) ante su ausencia, o quien ésta delegue.